agosto 7, 2026

¿Nueva fianza para visas de inmigrante? Lo que realmente anunciaron USCIS y el Departamento de Estado

Una nueva medida migratoria ha encendido las alarmas entre quienes esperan obtener la residencia permanente en Estados Unidos: algunos solicitantes de visas de inmigrante podrían tener que presentar una fianza por carga pública antes de recibir su visa.

Pero antes de entrar en pánico, es importante aclararlo: esta fianza no será obligatoria para todos los solicitantes.

¿Qué anunció el Gobierno de Estados Unidos?

El Departamento de Estado confirmó que está utilizando un programa piloto que permite a los oficiales consulares exigir una Public Charge Bond, o fianza por carga pública, en determinados casos de visas de inmigrante.

La medida puede aplicarse cuando un oficial consular considera que un solicitante podría convertirse en una “carga pública” después de ingresar a Estados Unidos. Es decir, cuando determina que existe el riesgo de que la persona dependa principalmente del Gobierno para su manutención.

En esos casos, la solicitud de visa podría ser rechazada conforme a la sección 212(a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Sin embargo, la fianza puede convertirse en una alternativa adicional para intentar superar ese motivo de inadmisibilidad.

¿Todos los solicitantes tendrán que pagar una fianza?

No.

El Departamento de Estado ha indicado que el procedimiento se está aplicando únicamente a casos seleccionados. Por lo tanto, no se trata de una tarifa nueva ni de un requisito automático para todas las personas que soliciten una visa de inmigrante.

Cada caso será evaluado individualmente. Si el oficial consular considera que corresponde ofrecer esta alternativa, notificará directamente al solicitante.

En otras palabras: si usted no ha recibido una instrucción oficial, no debe presentar formularios ni pagar dinero por adelantado.

¿La fianza la solicita NVC, USCIS o el consulado?

Esta es una de las dudas más importantes.

El Centro Nacional de Visas (NVC) administra buena parte del procesamiento previo a la entrevista, incluyendo la recopilación de documentos y la programación de determinados casos. Sin embargo, no es la entidad que decide si un solicitante debe presentar esta fianza.

El proceso funcionaría de la siguiente manera:

  1. El oficial consular evalúa el caso durante la adjudicación de la visa.
  2. Si considera necesaria una fianza, se lo comunica al solicitante.
  3. El solicitante presenta ante USCIS el Formulario I-945, Public Charge Bond.
  4. USCIS analiza si acepta la fianza.
  5. Si la fianza es aprobada y la persona cumple los demás requisitos migratorios, el oficial consular puede reconsiderar la emisión de la visa.

USCIS advierte expresamente que el Formulario I-945 solo debe presentarse después de recibir una notificación oficial.

¿Cuánto podría costar la fianza?

No existe una cantidad única para todos los casos.

Según las normas aplicables, el oficial consular determinará el monto después de evaluar la totalidad de las circunstancias del solicitante. La regulación establece que una fianza de este tipo no puede ser inferior a US$1,000, pero esto no significa que esa será la cantidad exigida en todos los casos.

El monto podría ser mayor dependiendo de la situación particular de la persona.

También es importante aclarar que una fianza no funciona exactamente igual que una tarifa migratoria. El dinero podría devolverse a la persona que la pagó si se cumplen todas las condiciones establecidas por el Gobierno.

¿La fianza garantiza la aprobación de la visa?

No. Presentar una fianza no garantiza que la visa será aprobada.

El solicitante todavía deberá demostrar que reúne todos los requisitos correspondientes y que no existe otro motivo de inadmisibilidad. La fianza solamente serviría como una posible vía para superar una determinación relacionada con carga pública.

Cuidado con estafas y pagos no autorizados

La noticia podría ser aprovechada por personas inescrupulosas para solicitar pagos anticipados o prometer la aprobación de una visa.

Recuerde:

  • No pague una fianza sin recibir instrucciones oficiales.
  • No presente el Formulario I-945 por iniciativa propia.
  • Verifique cualquier comunicación directamente con el consulado o USCIS.
  • Desconfíe de quien le garantice la aprobación de una visa a cambio de dinero.
  • Una solicitud de pago por redes sociales, aplicaciones de mensajería o páginas no oficiales debe considerarse una señal de alerta.

No debe confundirse con la fianza para visas de turista

Existe otro programa de fianzas dirigido a ciertos solicitantes de visas temporales B-1/B-2, utilizadas para viajes de turismo o negocios.

Ese programa está relacionado principalmente con el riesgo de que una persona permanezca en Estados Unidos después del tiempo autorizado. No es igual a la fianza por carga pública que puede aplicarse a determinados solicitantes de visas de inmigrante.

La diferencia es fundamental: una medida afecta ciertas visas temporales y la otra puede utilizarse en algunos casos de residencia permanente procesados a través de un consulado.

En resumen

Sí, el Gobierno de Estados Unidos ha confirmado un procedimiento piloto que permite exigir una fianza por carga pública a ciertos solicitantes de visas de inmigrante.

Sin embargo, no es un requisito general para todos los inmigrantes, no la impone automáticamente el NVC y nadie debe pagarla sin haber recibido una notificación oficial.

La decisión comienza con el oficial consular y la fianza posteriormente debe ser presentada y aceptada por USCIS. El monto dependerá de las circunstancias particulares de cada caso.

Como las políticas migratorias pueden cambiar rápidamente, los solicitantes deben consultar periódicamente las páginas oficiales y buscar asesoramiento legal individual cuando su caso lo requiera.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal.

Referencias oficiales