USCIS cambia las reglas de “carga pública”: lo que debes saber si solicitas la residencia permanente
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció nuevas guías sobre cómo evaluará si una persona que solicita la residencia permanente podría ser considerada una “carga pública”.
Los cambios entrarán en vigor el 18 de septiembre de 2026 y podrían ser importantes para muchas personas que soliciten un ajuste de estatus mediante el Formulario I-485 a partir de esa fecha.
Pero, ¿qué significa esto realmente? Te lo explicamos de manera sencilla.
¿Qué significa ser considerado una “carga pública”?
En términos generales, la ley de inmigración permite al gobierno evaluar si una persona que solicita convertirse en residente permanente tiene probabilidades de depender significativamente de determinados beneficios o ayudas gubernamentales.
Esto se conoce como la causal de inadmisibilidad por “carga pública”.
Ser considerado carga pública puede afectar la posibilidad de obtener la residencia permanente en determinadas categorías migratorias.
Sin embargo, es importante aclarar algo: haber recibido algún beneficio público no significa automáticamente que una persona será declarada inadmisible.
USCIS debe analizar cada caso individualmente y considerar diferentes factores antes de tomar una decisión.
¿Qué cambió?
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció el 16 de julio de 2026 una nueva regla que elimina las regulaciones sobre carga pública adoptadas en 2022.
La nueva regla fue publicada en el Registro Federal el 20 de julio de 2026 y entrará en vigor el 18 de septiembre de 2026.
Como parte de este cambio, USCIS actualizó su Manual de Políticas para explicar cómo sus oficiales deberán evaluar estos casos.
Uno de los cambios más importantes es que, para determinados beneficios recibidos a partir del 18 de septiembre de 2026, USCIS podrá considerar una gama más amplia de beneficios públicos sujetos a requisitos económicos o de ingresos.
Entre los ejemplos mencionados por USCIS se encuentran:
- Asistencia económica en efectivo;
- Ayuda para vivienda;
- Cupones o asistencia para alimentos;
- Determinada ayuda financiera para estudios universitarios; y
- Otros beneficios similares sujetos a verificación de recursos económicos.
Para beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026, USCIS aplicará un criterio diferente y más limitado, considerando principalmente determinada asistencia pública en efectivo para mantenimiento de ingresos y la institucionalización a largo plazo pagada por el gobierno.
¿USCIS solamente verificará si recibiste ayudas del gobierno?
No.
La determinación de carga pública es mucho más amplia y debe realizarse tomando en consideración las circunstancias particulares de cada solicitante.
La ley establece cinco factores principales que USCIS debe evaluar:
- Edad
- Salud
- Situación familiar
- Bienes, recursos y situación financiera
- Educación y habilidades
Esto significa que USCIS puede analizar la situación económica general del solicitante, su capacidad para trabajar, sus recursos, preparación académica, destrezas y otras circunstancias relevantes.
La agencia evaluará el caso en su totalidad y no necesariamente basará una decisión en un solo factor.
¿Qué sucede con el patrocinador y el Formulario I-864?
En muchos casos de inmigración familiar, el patrocinador debe presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico.
Mediante este documento, el patrocinador demuestra que cuenta con determinados recursos económicos y acepta ciertas responsabilidades financieras relacionadas con el inmigrante.
USCIS también podrá considerar el Formulario I-864 como parte de la evaluación de carga pública cuando corresponda.
Por esta razón, la situación financiera del patrocinador y la documentación presentada para demostrar sus ingresos y recursos pueden adquirir especial importancia.
¿Quiénes pueden estar sujetos a estas reglas?
Entre las personas que generalmente pueden estar sujetas a la evaluación de carga pública se encuentran muchos solicitantes de residencia permanente por razones familiares o de empleo.
Por ejemplo:
- Cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses;
- Determinados hijos adultos de ciudadanos estadounidenses;
- Cónyuges e hijos de residentes permanentes;
- Hermanos de ciudadanos estadounidenses;
- Prometidos(as) de ciudadanos estadounidenses;
- Determinados trabajadores y profesionales;
- Inversionistas;
- Algunos trabajadores religiosos;
- Inmigrantes mediante el programa de visas de diversidad; y
- Otras categorías establecidas por la ley.
¿Quiénes están exentos?
No todas las personas que solicitan un beneficio migratorio están sujetas a la causal de carga pública.
Existen numerosas excepciones establecidas por ley.
Entre las categorías que pueden estar exentas se encuentran:
- Refugiados y asilados;
- Solicitantes bajo la Ley de Ajuste Cubano;
- Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ);
- Víctimas de trata de personas con determinadas protecciones migratorias;
- Víctimas de ciertos delitos bajo la categoría U;
- Determinados autopeticionarios bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA);
- Algunas personas que solicitan Estatus de Protección Temporal (TPS);
- Determinados inmigrantes afganos e iraquíes;
- Ciertos familiares sobrevivientes de miembros de las Fuerzas Armadas; y
- Otras categorías específicamente protegidas por las leyes migratorias.
Por lo tanto, antes de preocuparse por estas nuevas disposiciones, es importante determinar si la causal de carga pública realmente aplica a la categoría migratoria bajo la cual se está solicitando la residencia o beneficio.
USCIS también podrá solicitar una fianza
Otro aspecto importante de las nuevas guías es el regreso del proceso de fianza por concepto de carga pública.
Si USCIS determina que una persona podría ser inadmisible únicamente por motivos de carga pública, el oficial puede darle la oportunidad de presentar una fianza como alternativa antes de denegar el ajuste de estatus.
Esta fianza funciona como una garantía económica.
Para determinar la cantidad, USCIS podrá considerar la cantidad de asistencia gubernamental que la persona podría ser elegible para recibir durante los próximos cinco años.
La fianza podría presentarse en efectivo o mediante una compañía de fianzas autorizada, utilizando el Formulario I-945, Fianza por Concepto de Carga Pública.
Importante: no se puede presentar la fianza por iniciativa propia
El solicitante no debe presentar el Formulario I-945 simplemente porque considere que puede tener un problema de carga pública.
USCIS solamente aceptará esta fianza cuando la propia agencia invite al solicitante a presentarla mediante una Notificación de Intención de Denegación (NOID).
¿Cuándo comienzan a aplicarse estas nuevas reglas?
Las nuevas guías entran en vigor el:
18 de septiembre de 2026
USCIS indica que aplicarán a los Formularios I-485 sujetos a la causal de inadmisibilidad por carga pública que sean enviados con matasellos o presentados electrónicamente el 18 de septiembre de 2026 o posteriormente.
Esto hace que la fecha de presentación de una solicitud pueda ser particularmente importante para algunos casos.
¿Qué significa todo esto para una persona que está solicitando la residencia?
El principal mensaje es que, a partir del 18 de septiembre de 2026, las personas sujetas a las reglas de carga pública deben prestar mayor atención a su situación financiera general y al historial de determinados beneficios públicos recibidos.
No obstante, recibir una ayuda gubernamental no debe interpretarse automáticamente como una denegación de la residencia.
USCIS debe evaluar la totalidad de las circunstancias de cada persona, incluyendo su edad, salud, familia, recursos económicos, educación, habilidades y demás evidencia disponible.
Además, muchas categorías migratorias están completamente exentas de esta causal de inadmisibilidad.
Por eso, cada caso debe evaluarse individualmente.
¿Estás preparando un proceso de residencia o ajuste de estatus?
Antes de presentar una solicitud, es recomendable revisar cuidadosamente la categoría migratoria aplicable, determinar si está sujeta a las reglas de carga pública y asegurarse de presentar correctamente la documentación económica requerida.
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Esta publicación tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoramiento legal. Los asuntos migratorios pueden variar considerablemente según las circunstancias particulares de cada persona. Cuando sea necesario, consulte con un abogado de inmigración autorizado.
Fuentes
- U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS), USCIS Policy Manual – Public Charge Ground of Inadmissibility.
- U.S. Department of Homeland Security (DHS), Final Rule on Public Charge Inadmissibility, publicada en el Federal Register el 20 de julio de 2026.
- USCIS, Formulario I-864 – Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA.
- USCIS, Formulario I-945 – Fianza por Concepto de Carga Pública.
- USCIS, Formulario I-485 – Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus.
